Reglamento del Paciente
En conformidad a lo previsto en el artículo 33° de la Ley 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 5° del Reglamento sobre requisitos básicos que deberán contener los reglamentos internos de los prestadores institucionales públicos y privados para la atención en salud de las personas de la Ley 20.584, contenido en el Decreto N° 40 del año 2012 del Ministerio de Salud, Centro de Salud Mental IDESAMI viene en dictar el siguiente reglamento interno que regulará las atenciones de salud de sus usuarios.
Queremos agradecerle por elegir a IDESAMI para el cuidado de su salud mental. Nuestro compromiso es entregarle una solución integral, cercana y accesible, utilizando las mejores prácticas disponibles y la más moderna tecnología que nos permitan brindarle una atención segura y eficaz.
iones de salud. No obstante, en las áreas comunes tales como recepción, puestos de atención al público, salas de espera y otros, y atendido el servicio que en ellos se presten, no constituirá vulneración a su privacidad el agendamiento, la confirmación y/o cancelación de horas, y el llamado al usuario para recibir la atención de salud por cualquier medio.
Las acciones de los menores de edad, en el lugar de atención y áreas comunes son de responsabilidad de sus padres o representantes legales, debiendo velar para que mantengan en todo momento un comportamiento acorde con una institución de salud.
Disposición interna IDESAMI:
- Modalidad de atención: Todas las atenciones en IDESAMI son exclusivamente presenciales, no se ofrece atención online.
- Restricciones de edad:
- Medicina en Salud Mental: pacientes desde 15 años.
- Psicología: pacientes desde 5 años, según disponibilidad profesional y grupo etario asignado.
III.- DERECHOS DE LOS PACIENTES CON ENFERMEDAD TERMINAL O GRAVE
Además de los derechos contemplados en la Ley 20.584, toda persona con enfermedad terminal o grave tendrá derecho a:
- a) Cuidados paliativos.
b) Información oportuna y comprensible sobre su situación de salud y evaluación.
c) Ser acompañado por su familia.
d) El respeto a su autonomía.
e) Los demás derechos reconocidos por la Ley en su atención de salud.
IV.- PRESTACIONES QUE OFRECE IDESAMI
IDESAMI ofrece a sus pacientes diversas prestaciones de salud en el área ambulatoria:
- Consultas médicas en una amplia gama de especialidades de salud mental y disciplinas complementarias. Ponemos especial énfasis en los procesos de acreditación y selección de nuestros profesionales, con el objeto de asegurarle la mejor calidad de atención.
Algunos de nuestros centros no cuentan con la disponibilidad permanente de todas las especialidades, circunstancia que le será oportunamente informada al usuario, quien deberá comprender y aceptar estas exclusiones.
- Exámenes de Laboratorio Clínico y exámenes de apoyo diagnóstico en convenio.
- Procedimientos de evaluación psicológica y psiquiátrica con metodologías estandarizadas y validadas.
- En el área de apoyo diagnóstico cuenta con escalas clínicas, entrevistas semiestructuradas y test psicométricos administrados por profesionales especializados.
V.- DOCENCIA
La docencia es una actividad de vital importancia en el área de la salud.
Es posible que en uno o más servicios de apoyo del Centro de Salud Mental IDESAMI contemos con alumnos en práctica. Si este fuera el caso, se encontrarán debidamente identificados. Usted será informado a su ingreso de esta práctica, ocasión en la que podrá expresar libremente si accede a colaborar en esta actividad.
VI.- UTILIZACIÓN DE NUESTROS SERVICIOS Y AGENDAMIENTO DE HORAS
A través de nuestro Contact Center o nuestra página web, usted podrá informarse de todos nuestros servicios, ubicación del Centro de Salud Mental IDESAMI y solicitar el servicio que requiera. Le recordamos que puede reservar hora para su atención y, cuando corresponda, retirar sus resultados de exámenes o informes a través de nuestros canales oficiales.
Además, podrá revisar los horarios de funcionamiento visitando nuestro sitio web.
La solicitud de horas para consultas o procedimientos ambulatorios deberá efectuarse por los medios de contacto que dispone IDESAMI, sean telefónicos, electrónicos o presenciales, según corresponda.
Es responsabilidad del usuario dar datos veraces y un medio de contacto que permita al centro confirmar la hora solicitada.
Es responsabilidad exclusiva del usuario o su representante dar aviso oportuno de la imposibilidad de asistir a la hora agendada previamente, debiendo realizar la anulación de la misma.
El usuario deberá llegar con la anticipación indicada al momento de solicitar su hora. Por respeto al resto de los usuarios y para no afectar su atención oportuna, el Centro de Salud Mental IDESAMI podrá decidir no atender a quienes lleguen con retraso y no cumplan con las reglas de puntualidad requeridas. En este caso, el centro podrá ofrecer alternativas de atención.
Si usted está atrasado o cree que se atrasará respecto de la hora de su reserva, le solicitamos contactar a nuestro equipo para reservar una nueva atención, cuya factibilidad dependerá de la disponibilidad de agenda.
Si por motivo de caso fortuito o fuerza mayor no se pudiera llevar a cabo la atención agendada, el Centro de Salud Mental IDESAMI coordinará con el usuario una nueva hora.
Es responsabilidad del usuario revisar previamente y tener a mano toda información médica personal que sea atingente a los servicios que desea solicitar, así como también su situación previsional o de seguros.
Disposición interna IDESAMI:
- Tolerancia de retraso: 10 minutos para medicina en salud mental y 15 minutos para psicología.
- Política de bloqueo por inasistencia: Si un paciente falta 3 veces seguidas o anula a última hora, el sistema bloqueará su posibilidad de agendar nuevas horas. El desbloqueo solo podrá solicitarse por el sitio web, firmando una carta de compromiso.
VII.- IDENTIFICACIÓN DE PACIENTES
El Centro de Salud Mental IDESAMI es un centro de atención ambulatoria. Todo paciente, antes de ingresar a realizarse la prestación para la cual solicitó hora, deberá acreditar su identidad en la recepción correspondiente mediante cédula de identidad o pasaporte, incluyendo los menores de edad.
En el caso de los menores de edad, se solicitará la presentación de la cédula de identidad o pasaporte de los padres o del adulto responsable que lo acompañe.
VIII.- REALIZACIÓN DE EXÁMENES Y/O PROCEDIMIENTOS
No se practicarán exámenes ni otros procedimientos sin la presentación de la orden médica en original, cuando corresponda.
Asimismo, el usuario deberá cumplir con la preparación previa exigida para la realización de exámenes y/o procedimientos específicos, lo que será verificado como requisito para ser atendido.
IX.- PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON CERTIFICACIONES E INFORMES
Los certificados, informes médicos o informes para compañías de seguros deberán ser solicitados al momento de la consulta. Si el paciente olvidó el formulario, podrá solicitar un informe posterior, siguiendo el procedimiento indicado en el centro. El profesional respectivo tendrá un plazo de 10 días hábiles para completar el informe solicitado fuera del horario de consulta. Para una entrega en menor plazo, deberá solicitar una nueva consulta.
En caso de solicitud de repetición de recetas para pacientes en control por patologías crónicas, que no se traten de psicotrópicos, se podrán repetir dentro de un plazo de 6 meses desde la última consulta. Toda otra receta debe ser otorgada bajo una nueva evaluación clínica.
Disposición interna IDESAMI:
- Plazo de entrega de certificados y documentos clínicos: máximo 10 días hábiles.
- Urgencia de certificados: las solicitudes con carácter urgente serán evaluadas caso a caso y pueden requerir una nueva consulta.
X.- DE LA ENTREGA DE LA FICHA CLÍNICA
Conforme a la normativa vigente, sólo es procedente la entrega de copia de registros clínicos cuando esta sea solicitada por:
- a) El paciente directa y personalmente.
b) Terceros debidamente autorizados por el titular, mediante poder notarial.
c) Los padres o tutores del paciente menor de edad.
d) Los tribunales de justicia cuando la información se relacione con causas en tramitación.
e) Los fiscales del Ministerio Público y abogados defensores, previa autorización judicial.
La solicitud deberá cursarse mediante el formulario establecido, bastando la firma simple del solicitante cuando comparezca personalmente y se verifique su identidad con cédula nacional.
Cuando el solicitante no concurra personalmente, deberá presentar solicitud firmada ante notario público.
El Centro de Salud Mental IDESAMI tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar la entrega de la copia de la ficha clínica.
XI.- CONSENTIMIENTO INFORMADO (C.I.)
Si usted debe someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud, se le explicará verbalmente en qué consiste el procedimiento y sus riesgos.
En caso de intervenciones, procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasivos, y en general, para la aplicación de procedimientos que conlleven un riesgo relevante y conocido para la salud del afectado, antes de su realización debe firmar el documento de Consentimiento Informado, que constata que el profesional tratante le informó los alcances del examen o procedimiento, sus riesgos, beneficios y toda información necesaria para una adecuada decisión por parte del paciente.
XII.- CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CALIDAD Y SEGURIDAD DE LA ATENCIÓN
IDESAMI cuenta con un equipo de calidad conformado por profesionales del área de la salud, que supervisa sistemáticamente el cumplimiento de las normativas de calidad y seguridad dictadas por el Ministerio de Salud.
Para esta supervisión, se controlan todos los indicadores solicitados por la autoridad y se realizan visitas en terreno para su certificación.
XIII.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL
Nuestros profesionales de la salud se encuentran debidamente identificados con su nombre y profesión.
En el caso de los demás funcionarios, sus tarjetas de identificación, fácilmente visibles, incluyen la función que desempeñan en el centro.
En caso de contar con alumnos en práctica en alguno de nuestros servicios de apoyo, ellos contarán con identificación que indique esta calidad.
XIV.- PRIVACIDAD DEL PACIENTE
IDESAMI cuenta con boxes para atenciones individuales y salas de procedimientos que cumplen con todas las condiciones físicas que permiten resguardar la vida privada y la honra de la persona durante su atención de salud.
Está particularmente prohibida la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones, cualquiera sea su fin o uso.
En todo caso, para la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones con fines periodísticos, científicos o publicitarios, se requerirá autorización escrita del paciente o de su representante legal.
XV.- INFORMACIÓN CLÍNICA
- La información clínica es reservada y propiedad del paciente, por lo que solo será entregada al paciente o a su representante legal.
No podrá entregarse información a otras personas, aunque sean familiares directos, sin consentimiento expreso del paciente o su representante legal. - La Ficha Clínica Electrónica es el instrumento de registro médico-legal único institucional, utilizado por todos los profesionales de IDESAMI.
Los profesionales acceden a ella mediante usuario y contraseña personal.
En ella se registra toda la información clínica relativa al caso, incluyendo diagnósticos, órdenes clínicas, prescripciones y licencias.
Las fotografías tomadas como parte del seguimiento de una condición clínica serán parte de la ficha clínica y también requieren autorización escrita del paciente.
- Los informes de exámenes y procedimientos se entregarán únicamente a quien porte los documentos establecidos para ello en cada área.
XVI.- ACOMPAÑAMIENTO
Los usuarios del Centro de Salud Mental IDESAMI tendrán derecho a ser acompañados por sus familiares y/o personas significativas de su entorno vital, a menos que su presencia signifique un riesgo para su tratamiento, obstaculice el normal desarrollo de las acciones de salud y/o administrativas, o ponga en riesgo los bienes institucionales.
Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, la concurrencia de niños menores de siete años y de menores convalecientes de una enfermedad como acompañantes.
Los menores de dieciocho años deben concurrir a la consulta y/o procedimiento acompañados por un adulto responsable, salvo excepciones que serán evaluadas por el centro.
XVII.- COMITÉ DE ÉTICA
El Comité de Ética Asistencial es un órgano colegiado, consultivo e interdisciplinario, cuya labor es asesorar sobre problemas ético-clínicos que se presenten en relación con las prestaciones de salud otorgadas por IDESAMI.
Profesionales, pacientes y familiares podrán solicitar pronunciamiento del Comité respecto de un caso particular. Las opiniones del Comité serán siempre de carácter sugerencia y no vinculantes.
La solicitud deberá efectuarse a través del correo electrónico habilitado por IDESAMI para estos efectos.
XVIII.- FELICITACIONES, SUGERENCIAS Y RECLAMOS
IDESAMI cuenta con un procedimiento estandarizado para la gestión de reclamos, felicitaciones y sugerencias, que pueden ingresarse por:
- Libro de Reclamos disponible en recepción.
- Página web oficial.
- Contact Center.
- Carta dirigida a la Dirección del Centro.
No se admitirán reclamos que contengan amenazas, lenguaje soez, ofensivo, insultos o expresiones injuriosas.
XIX.- COMPORTAMIENTO DE LAS PERSONAS DURANTE LA ATENCIÓN
Durante su permanencia en el centro, todos los pacientes y/o acompañantes deberán mantener una conducta acorde a un recinto de salud, evitando generar molestias a otros pacientes.
IDESAMI se reserva el derecho de restringir el acceso a personas que hayan incurrido en actos violentos o alteren gravemente la convivencia en sus dependencias.
XX.- PROCEDIMIENTO DE ALTA FORZOSA Y VOLUNTARIA
Alta Voluntaria: Se produce a solicitud del paciente o su representante legal, quien decide interrumpir el tratamiento o no ser tratado. Debe firmar el documento correspondiente y el profesional dejar constancia en la ficha clínica.
Alta Forzosa: Se produce cuando el paciente interrumpe su tratamiento o se niega a cumplir prescripciones, sin formalizar alta voluntaria. Puede ser decretada por el Director Técnico, previo análisis con el Comité de Ética.
XXI.- SANCIONES
En casos de conductas violentas, maltrato, porte de armas, consumo de alcohol o drogas en el centro, IDESAMI podrá solicitar apoyo de la fuerza pública y restringir el acceso a sus dependencias.
Carta de Advertencia: Se enviará ante conductas inapropiadas, advirtiendo que la reiteración puede derivar en alta disciplinaria.
Alta Disciplinaria: Prohibición de continuar atenciones en el centro, ya sea con el profesional tratante o en todo IDESAMI, según la gravedad.
Disposición interna IDESAMI: El incumplimiento reiterado de la política de asistencia (inasistencia o anulación tardía) será considerado una falta que puede derivar en bloqueo temporal o definitivo, independiente de la aplicación de carta de advertencia o alta disciplinaria.
XXII.- SITUACIONES DE EMERGENCIA
En caso de emergencia, las vías de evacuación y zonas de seguridad están debidamente señalizadas. El personal del centro coordinará el procedimiento de evacuación y los usuarios deberán seguir las instrucciones.
XXIII.- SUGERENCIAS DE SEGURIDAD INTERNA
El Centro de Salud Mental IDESAMI solicita a los usuarios cuidar sus pertenencias personales. No nos hacemos responsables por pérdidas, salvo que se entreguen en custodia formalmente.
Está prohibido el ingreso de animales, excepto aquellos de asistencia.
XXIV.- INGRESO A ÁREAS CLÍNICAS
Se debe cumplir con las indicaciones otorgadas dentro de boxes y salas de procedimientos, mantener celulares apagados y facilitar la atención.
XXV.- ASPECTOS GENERALES
Por disposición del Ministerio de Salud, está prohibido fumar en las dependencias de IDESAMI.
El uso de celulares está restringido en las áreas de atención clínica.
En caso de requerir modificaciones en la prestación agendada, el paciente será informado y deberá consentir para realizar los trámites correspondientes.
XXVI.- DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO
El presente Reglamento Interno comenzará a regir desde la aprobación de la Dirección Médica y tendrá duración indefinida mientras no sea sustituido o complementado por una nueva versión.
